Proteger cierta información confidencial y de propiedad intercambiada entre TOPTICA y GRANTECAN y IAC.
Asumir, ambas partes, que la información confidencial de esteAcuerdo es definida como información técnica, comercial o
estratégica, que es directa o indirectamente divulgada por la “parte
reveladora” al “destinatario” o viceversa.
Asumir, ambas partes, que la información confidencial de este
Acuerdo es definida como información técnica, comercial o
estratégica, que es directa o indirectamente divulgada por la “parte
reveladora” al “destinatario” o viceversa.