RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales.
RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
Confección de los contratos de los trabajadores y de los recibos de salario, tramitación de expedientes, liquidación de Seguros Sociales, tramitación con las Mutuas y Organismos correspondientes, retención e ingresos a cuenta del IRPF de los trabajadores y profesionales y cualquier otra actividad propia de la gestión del personal.
Gestión económica de la acción social y obtención de estudios estadísticos o monográficos destinados a la gestión económica del personal.
Gestión de la actividad sindical del IAC, Expediente personal, Incompatibilidades, Formación, Planes de pensiones, Acción social, Prevención de riesgos laborales.
Control horario del personal y funcionario del IAC
Personal laboral y funcionario del IAC
Investigadores pre doctorales, postdoctorales, fijos (funcionarios y personal de plantilla), investigadores visitantes y asistentes de eventos, estudiantes prácticas empresa, becas de verano, solicitantes a plazas de funcionarios, solicitantes a plazas de investigadores
Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, número de registro de personal, número de Seguridad Social/Mutualidad, dirección, firma y teléfono.
Datos económico-financieros: Datos económicos de nómina, créditos, préstamos, avales, deducciones impositivas baja de haberes correspondiente al puesto de trabajo anterior (en su caso), retenciones judiciales (en su caso), otras retenciones (en su caso). Datos bancarios.
Categorías especiales de datos: datos de salud (bajas por enfermedad, accidentes laborales y grado de discapacidad, sin inclusión de diagnósticos), afiliación sindical, a los excusivos efectos del pagos de cuotas sindicales (en su caso), representante sindical (en su caso), justificantes de asistencia de propios y de terceros.
Datos de características personales: Sexo, estado civil, nacionalidad, edad, fecha y lugar de nacimiento y datos familiares. Datos de circunstancias familiares: Fecha de alta y baja, licencias, permisos y autorizaciones.
Datos académicos y profesionales: Titulaciones, formación y experiencia profesional.
Datos de detalle de empleo y carrera administrativa. Incompatibilidades.
Datos de control de presencia: fecha/hora entrada y salida, motivo de ausencia.
Otros datos: datos relativos a la acción social, datos sobre sanciones en materia de función pública.
Instituto Nacional de Administración Pública.
Registro Central de Personal.
Entidad a quien se encomiende la gestión en materia de prevención de riesgos laborales.
Instituto Nacional de la Seguridad Social y mutualidades de funcionarios.
Entidad gestora y depositaria del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado.
Tesorería General de la Seguridad Social.
Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Publicas.
Organizaciones sindicales.
Entidades financieras.
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Inspección de trabajo y seguridad Social.
Universidad de la Laguna y otras entidades con competéncia en la materia.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Los datos relativos al control horario se conservarán al amparo de lo dispuesto en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información del IAC